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viernes, marzo 29, 2024

Jurado Electoral Especial de Chiclayo inicio procedimiento de exclusión a candidato de Avanza País: Mintió en hoja de vida

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El Jurado Electoral Especial de Chiclayo (JEECh), decidió excluir a Bonifacio Arroyo Sánchez, candidato con el N°1 de la lista congresal de Avanza País – Partido de Integración Social, al haberse detectado -por parte de los fiscalizadores de Hoja de Vida del JEECh- que el candidato oculto información.   

Así lo resuelve la Resolución N° 00030-2021-JEE-CHYO/JNE, Exp. N° EG.2021006130, del 19ENE2021, pero publicada hoy 20ENE2021.2

Resolución de proceso de exclusión.

“Artículo Primero. INICIAR PROCEDIMIENTO DE EXCLUSIÓN, contra el ciudadano BONIFACIO ARROYO SÁNCHEZ, candidato N° 01 al Congreso de la República de la Organización Política AVANZA PAÍS – PARTIDO DE INTEGRACIÓN SOCIAL por la región Lambayeque, por las observaciones advertidas por el Fiscalizador de Hoja de Vida adscrito a este Jurado Electoral Especial, consistente en la omisión o falsa información

Parte resolutiva.

La resolución N° 00030-2021, señala que el 18ENE2021, el Fiscalizador de HDV, presento el Informe N° 011-2021-FPVM-FHV-JEE-CHYO/JNE del 15ENE2021, en el que señala, que luego de revisar información enviada por la Corte Superior de Justicia de Lambayeque (CSJL), se detectó que Bonifacio Arroyo, había ocultado consignar en su Hoja de Vida (HDV), una demanda que se inició el 2009 y que habría terminado con sentencia en su contra.

Después de culminar la etapa de tachas al que tenemos derecho todos los ciudadanos, , de acuerdo al Reglamento de Inscripción de Fórmulas y Listas de Candidatos para las Elecciones Generales 2021, aprobado mediante Resolución N° 0330-2020-JNE, el JEECh inicia su propia fiscalización.

“Artículo 22° numeral 22.1). – El JNE y los JEE fiscalizan la información contenida en la DJHV del candidato, a través de la DNFPE”

Lo que quiere decir, que, si ningún ciudadano (a), tacha a “x” candidato, si este ocultó información, son los JEE, los que inician un proceso de fiscalización, cruzando información remitida, por el Poder Judicial. 

CSJL envió información sobre sentencia que no declaro Boni.

Es así que, el fiscalizador del JEECh detecto, que en el Rubro VII.- Relación de sentencias que declaren fundadas las demandas interpuestas contra los candidatos (as) por incumplimiento de obligaciones alimentarias, contractuales, laborales o por incurrir en violencia familiar, que hubieran quedado firmes, Bonifacio Arroyo, indicó, que no tenía información por declarar. 

Sin embargo, de acuerdo al Oficio N° 011-2021- P-CSJLA/PJ, del 13ENE2021, de la CSJL, se advirtió que Boni, tiene una sentencia, según Exp. N° 127-2008, sobre Obligación de dar suma de dinero, expedida por el 8° Juzgado Especializado Civil – Comercial, que declaro FUNDADA LA DEMANDA por lo que habría una omisión de la información, y con eso, podría quedar fuera de carrera. 

Sentencia.

De acuerdo a la ley, el personero legal de la agrupación política, tiene el plazo de un día, para  que efectué los descargos respectivos y “cumplido el plazo, con descargo o sin él; DESE cuenta al pleno de este JEE, a efectos de emitir la resolución respectiva”

Es decir, que el supuesto cupo pagado por el tal Boni, para lograr el número 1 en la lista de Avanza País, y las tercas aspiraciones, de querer ser congresista, pueden ser enterradas dentro de 24 horas, con la próxima resolución del JEECh, si es que, no demuestra lo contario a lo que dice Poder Judicial.   

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